Ayuda a la Digitalización de Pymes y autónomos
Ayuda a la Digitalización de Pymes y autónomos

EL PROGRAMA "KIT DIGITAL"
Tiene como objetivo apoyar la digitalización del tejido empresarial y autónomo del país buscando soluciones de digitalización según necesidades.
Está financiado por la Unión Europea a través de los fondos Next Generation EU y cuenta con un presupuesto total de más de 3.000 millones de euros.
¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?
Bonos no reembolsables con una cuantía asignada en función del tamaño de la empresa:
- 2.000€ hasta 3 empleados
- 6.000€ entre 3 y 9 empleados
- 12.000€ entre 10 y 49 empleados
EL PROGRAMA "KIT DIGITAL"
Tiene como objetivo apoyar la digitalización del tejido empresarial y autónomo del país buscando soluciones de digitalización según necesidades.
Está financiado por la Unión Europea a través de los fondos Next Generation EU y cuenta con un presupuesto total de más de 3.000 millones de euros.
¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?
Bonos no reembolsables con una cuantía asignada en función del tamaño de la empresa:
- 2.000€ hasta 3 empleados
- 6.000€ entre 3 y 9 empleados
- 12.000€ entre 10 y 49 empleados
- Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
- Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
- Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
- No tener consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la CE que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas según la Ley.No superar el límite de ayudas mínimas en tres años (200.000 euros)
- No superar el límite de ayudas mínimas en tres años (200.000 euros)

- Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
- Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
- Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
- No tener consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la CE que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas según la Ley.
- No superar el límite de ayudas mínimas en tres años (200.000 euros)

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