Hasta un 59%
de tu inversión vuelve
en forma de ahorro fiscal.
Las deducciones por I+D+i son uno de los incentivos fiscales más potentes de España. Por cada euro que inviertes en investigación, desarrollo o innovación tecnológica, parte vuelve a tu empresa como reducción directa del Impuesto sobre Sociedades. Software a medida, automatización e implantación de IA califican.
I+D o Innovación Tecnológica.
La diferencia está en el porcentaje.
La Ley del Impuesto sobre Sociedades (Art. 35 LIS) distingue dos tipos de actividad. Saber clasificar bien tu proyecto puede multiplicar el ahorro.
Investigación y Desarrollo
Investigación que persigue descubrir nuevos conocimientos o aplicaciones científicas y tecnológicas. Mayor exigencia técnica.
- 25% de los gastos hasta la media de los 2 años anteriores
- 42% sobre los gastos que excedan esa media
- +17% adicional por gastos de personal investigador exclusivo
- +8% adicional por inversiones en activos fijos afectos
Innovación Tecnológica
Avance tecnológico que supone una mejora sustancial respecto a lo que ya existe en tu empresa, aunque exista en el mercado.
- 12% sobre todos los gastos elegibles
- Más fácil de calificar técnicamente
- Aplica a la mayoría de proyectos de software a medida
- Misma estructura documental y proceso fiscal
Software, IA y automatización
son candidatos ideales.
La propia Ley LIS reconoce expresamente la creación de software avanzado como actividad de I+D, y la mejora sustancial de procesos existentes como Innovación Tecnológica.
Implantación de IA
Asistentes IA, modelos personalizados, automatizaciones inteligentes integradas en tu operativa.
Software a medida
Plataformas SaaS propias, ERPs personalizados, herramientas con algoritmos o lógica específica.
Automatización de procesos
Workflows que conectan sistemas y eliminan intervenciones manuales con mejoras sustanciales.
Análisis predictivo y datos
Sistemas de Business Intelligence con modelos predictivos, machine learning o data warehousing.
Mejora de procesos productivos
Métodos nuevos o significativamente mejorados, incluidos cambios técnicos, equipos o programas.
Patentes y propiedad intelectual
Desarrollo que conduce a patentes, modelos de utilidad o software registrado con valor diferencial.
Por qué es imbatible.
Compatible con todo
Las deducciones I+D+i son 100% compatibles con subvenciones, ayudas CDTI y otros incentivos. Tu proyecto puede acumular varias vías de ahorro.
Aplicación retroactiva
Puedes deducir gastos de hasta 4 años atrás si están bien documentados. Si en su día no aplicaste deducciones, todavía estás a tiempo.
El Informe Motivado Vinculante
te blinda ante Hacienda.
El IMV es un certificado emitido por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades que califica oficialmente tu proyecto como I+D o Innovación Tecnológica. Es vinculante para Hacienda: con IMV, las deducciones son inatacables en una inspección.
Solicitar IMV con nosotrosLo que siempre
nos preguntan.
¿Mi empresa califica?
Cualquier empresa que invierta en software a medida, IA, automatización o mejora tecnológica de procesos puede generar deducciones. No hay convocatoria, no hay competencia, no hay tamaño mínimo. Solo necesitas documentar bien la actividad.
¿Qué pasa si mi empresa no tiene beneficios?
Aquí está la magia: la monetización. Si no tienes cuota suficiente para aplicar la deducción, puedes solicitar a Hacienda el abono en efectivo (con un descuento del 20%). Hasta 3M€ por actividades I+D y 1M€ por IT al año.
¿Qué requisitos tiene la monetización?
Que haya pasado al menos 1 año desde el cierre del ejercicio en que se generó la deducción, reinversión del importe en I+D+i en los 24 meses siguientes, mantenimiento del empleo y obtención de IMV o Acuerdo Previo de Valoración.
¿Es compatible con CDTI o subvenciones?
Sí, totalmente. Acumular CDTI + Deducciones I+D+i es la combinación más potente. La parte cofinanciada por CDTI se descuenta de la base de la deducción, pero el resto sigue generando ahorro fiscal.
¿Y si Hacienda me audita?
Por eso es crítico el IMV (Informe Motivado Vinculante). Es vinculante para Hacienda: si tu proyecto tiene IMV calificándolo como I+D o IT, Hacienda no puede recalificar la actividad en una inspección. Es el seguro fiscal de tu deducción.
¿Cuánto tiempo lleva tramitar el IMV?
Entre 4 y 8 meses desde que se presenta la documentación al Ministerio. Por eso conviene empezar a documentar el proyecto desde el inicio del ejercicio, no a final de año.
¿Y si el proyecto se desarrolla durante varios años?
Generas deducción cada año por los gastos imputados a ese ejercicio. Si en algún año no puedes aplicar toda la deducción generada, tienes 18 años para hacerlo en ejercicios posteriores. No se pierde nada.
Recupera lo invertido
en I+D+i.
Hasta el 42% de deducción fiscal por proyectos de I+D+i. Te ayudamos a identificar, documentar y certificar para que Hacienda te lo devuelva.
- Análisis previo gratuito de proyectos deducibles
- Informe Motivado Vinculante y dossier completo
- Defensa ante AEAT incluida si hace falta